Gerencia Municipal de Urbanismo
Trámites
Abarca los siguientes tipos de obra:
a) Obras de sustitución: son aquellas en las que se derriba una edificación existente y en su lugar se construye una nueva.
b) Obras de nueva planta: son aquellas mediante las cuales se edifica una parcela libre de edificación.
c) Obras especiales: son aquellas obras de características particulares que sólo se pueden realizar en caso de que sean exigidas por la propia normativa aplicable; se establecen tres grupos:
Licencia de obras de ampliación / reestructuración
Obras de ampliación: son aquellas obras, en una edificación existente, en las que se incrementa la ocupación o el volumen construidos.
Obras de reestructuración: son aquellas obras de rehabilitación de una edificación que mejoran sus condiciones de seguridad, salubridad, habitabilidad, de confort y ornato, modificando su distribución y alterando sus características morfológicas y la distribución interna.
Licencia de obras de reforma y consolidación
Las obras de reforma y consolidación abarcan los siguientes tipos de obra:
Obras de reestructuración puntual: son aquellas obras, en una edificación existente, en las que se realicen pequeñas modificaciones estructurales para posibilitar:
Obras de consolidación: son aquellas que tienen por objeto el afianzamiento, refuerzo o relevo de elementos dañados para asegurar la estabilidad del edificio, con posibles alteraciones menores de su estructura y distribución, siempre que no estén incluidas en las obras de reestruturación parcial o total.
Incluye la totalidad de las obras mayores de reforma de Edificios Catalogados
Licencia de obras de movimientos de tierra
Estarán sujetos a licencia de obra los movimientos de tierra y obras de desmonte no incluidos en proyectos de edificación o proyectos de urbanización.
De conformidad con el artículo 148 de la Ley 2/2016 del suelo de Galicia (LSG) se considera parcelación urbanística la división de terrenos en dos o más lotes o porciones con el fin de su edificación.
Estarán sujetas la licencia previa las parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de terrenos en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación.
Será innecesario el otorgamiento de licencia cuando la división o segregación sea consecuencia de: La aprobación de un proyecto de compensación, reparcelación o expropiación, la ejecución de infraestructuras y dotaciones públicas, o el otorgamiento por el planeamiento de distinta clasificación o calificación de la parcela de origen.
En estos casos podrá solicitarse la declaración de innecesariedad de parcelación.
Licenza de intervencións menores en Edificios Catalogados
Son obras caracterizadas por su escasa entidad económica y por su técnica sencilla, dirigidas a la simple reparación, decoración, o mantenimiento y limpieza, de edificios declarados bienes de interés cultural o catalogados por sus singulares características o valores culturales, históricos, artísticos, arquitectonicos o paisajísticos.
Se incluyen las obras enumeradas en la siguiente relaciónAbarcan todas las obras que no tienen cabida en ninguna de las anteriores definiciones y no están sujetas al procedimiento simplificado o comunicación previa como pueden ser piscinas, etc.
Además incluirá las solicitudes de instalación de carteleras y antenas de telefonía no sujetas a comunicación previa. En estos casos la documentación a presentar con la solicitud será la establecida en las ordenanzas especificas: Ordenanza municipal reguladora de las condiciones urbanísticas de localización, instalación y funcionamiento de los elementos y equipos de telecomunicación y Ordenanza Urbanística reguladora de la publicidad exterior en el término municipal de Vigo.
Licencia de obra de reforma comercial (Edificios catalogados)
Obra de acondicionamiento de local: son aquellas obras que adaptan un local existente a las condiciones para el ejercicio de una actividad mediante la introducción de nuevas instalaciones, la modernización de las existentes o la redistribución de su espacio interior, sin intervenir sobre las características morfológicas del edificio, las instalaciones generales o la estructura portante ni alterar la envolvente del edificio.
En locales situados en edificios declarados bienes de interés cultural o catalogados por sus singulares características o valores culturales, históricos, artísticos, arquitectónicos o paisajísticos, en el caso de necesitar obras de acondicionamiento para el desarrollo de una actividad sujeta a comunicación previa deberá solicitar licencia de obras de reforma comercial. Una vez rematada la obra se comunicará el inicio de la actividad, con el procedimiento descrito en el anexo 5, presentando el correspondiente Certificado Final de Obra.
En el resto de las edificaciones las obras de acondicionamiento están sujetas la comunicación previa con el procedimiento descrito en el anexo 5 de la ordenanza de licencias urbanísticas y otras formas de intervención administrativa.
Ayuntamiento de Vigo
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