Participación ciudadana
Las ordenanzas fiscales son la forma en la que el ayuntamiento regula sus tributos y en ellas se recogen los motivos por los que se graban, las personas obligadas a su pago, los que están exentos y cualquier otro aspecto relativo a su imposición.
Los vecinos pueden participar en su elaboración y presentar reclamaciones y apreciaciones cuando se exponen de forma pública.
Vías de participación:
A través de los procedimientos de:
Aprobación de las ordenanzas fiscales:
Las ordenanzas fiscales que crean, modifican o suprimen tributos, son presentadas a debate ante el Pleno del ayuntamiento donde se aprueban inicialmente si se alcanza una mayoría simple de los votos emitidos.
Este texto provisional es sometido a la ciudadanía para que lo examine y aporte sus aportaciones.
Plazo de exposición al público y para presentar alegaciones:
El plazo para presentar alegaciones será de un mínimo de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de exposición en el boletín oficial de la provincia de Pontevedra (BOPPO). Son días hábiles todos los días menos los sábados, los domingos y los declarados festivos.
El texto provisional de la ordenanza se expone en el tablero de anuncios del ayuntamiento y se da publicidad en un diario de los de mayor difusión de la provincia.
Personas que pueden alegar:
Resolución de alegaciones:
Todas las aportaciones ciudadanas son estudiadas y resueltas, aprobando el texto de la ordenanza definitivamente, derogándolo o incorporando las modificaciones sugeridas. De no haber reclamaciones al texto aprobado provisionalmente, se entenderá aprobado de forma definitiva sin necesidad de una nueva votación.
Consulta de la ordenanza definitiva:
Aprobado definitivamente el texto íntegro de la ordenanza, no entrará en vigor hasta su publicación en el boletín oficial de la provincia.
El ayuntamiento de Vigo edita en el primer cuadrimestre del año un volumen con todas sus ordenanzas fiscales que está a disposición de la ciudadanía. También se pueden consultar en este apartado: Ordenanzas Fiscales
Reclamaciones ante el texto definitivo de la ordenanza:
Cuando el texto de la ordenanza haya sido aprobado y publicado definitivamente, no cabe la presentación de reclamaciones ante la administración municipal. Deberá acudir a los tribunales comunes para interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que disponga la ley.
Ayuntamiento de Vigo
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