Empleo Local
La Concejalía Empleo, Participación Ciudadana y Voluntariado tiene la finalidad de colaborar de una forma activa en la generación de empleo en el Ayuntamiento de Vigo apoyando la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores en la ciudad de Vigo para lo cual promueve y apoya las "Iniciativas locales de empleo" (ILEs) ante la Consejería de Trabajo y Bienestar
La Consejería de Trabajo y Bienestar de la Junta de Galicia disponen de uno programa denominado "Iniciativas locales de empleo" (regulado por el Decreto 9/2000, del 12 de enero, publicado en el DOG 18, del 27/07/2000; corrección de errores nº 24, del 4/02/2000), que financia iniciativas innovadoras con efecto dinamizador de actividades económicas y de empleo.
TRÁMITES NECESARIOS PARA OBTENER Las AYUDAS Y SUBVENCIONES DE INICITIVAS LOCALES DE EMPLEO.
TRÁMITE 1- CUALIFICACIÓN COMO ILE
Beneficiarios de la cualificación como ILE:
Requisitos de los proyectos para poder ser cualificados como ILEs:
Tramitación
Para la obtención de las ayudas de ILE, previamente el proyecto debe estar calificado como ILE ante la Consejería de Trabajo y Bienestar Social.
Para poder obtener dicha calificación es necesario cumplir los requisitos de ILE y acercar la documentación requerida, entre la que se encuentra el apoyo del Ayuntamiento de Vigo como administración local de carácter territorial de esta Comunidad autónoma. El apoyo municipal consistirá en la emisión de un informe económico de viabilidad del proyecto junto con el asesoramiento en la solicitud e información y sobre ayudas vigentes, cooperación y apoyo para agilizar trámites administrativos de competencia municipal para su puesta en funcionamiento, dar preferencia en la concesión de ayudas municipales a la creación de empresas en su convocatoria correspondiente y en las de las PEIM.
Beneficiarios de las ayudas de ILEs y plazos:
Las empresas personales constituidas y que iniciaran su actividad, cualquier que sea la forma jurídica que adopten y que obtuvieran la calificación como iniciativa local de empleo, y no transcurriera más de un año desde la notificación de resolución de calificación o, de ser el caso, en el plazo que se establezca en la resolución de calificación, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en la orden que se publicará anualmente y que establezca las "bases reguladoras del régimen de ayudas y subvenciones a las empresas calificadas cómo iniciativas locales de empleo..." para cada tipo de ayuda podrán solicitar la ayuda anual correspondiente.
Ayudas y subvenciones:
Subvenciones a la creación directa de empleo estable.
Subvención para la contratación de personal técnico de alta cualificación:
Apoyo a la función gerencial: para ayudar el equipo promotor o empresarial en la toma de las decisiones necesarias para el funcionamiento de la empresa. Este apoyo podrá ser ayuda por tutoría, por formación, por la realización externa de estudios e informes sobre la actividad para que la persona promotora o empresario/a pueda disponer de mejor información.Los gastos deberán producirse en el primer año de actividad empresarial y durante el período indicado en la convocatoria anual y siempre con el tope del 75% del coste y del imponerte indicado en la convocatoria anual.
Subvenciones financieras: promueve la creación de puestos de trabajo mediante la reducción de intereses, hasta 4 puntos, de los que me presta destinados a financiar inversiones en activo fijo (mínimo 75%) con el tope del importe indicado en la convocatoria anual por puesto de trabajo estable creado o que se vaya a crear.
Ayuda para el inicio y puesta en marcha de la actividad: esta ayuda consistirá en una subvención para financiar los gastos necesarios para el inicio y puesta en marcha de la actividad. El imponerte máximo de esta ayuda se determinará en atención al número de puestos de trabajo estables creados o que se vayan a crear para despedidos, de acuerdo con la escala y los topes indicados en la convocatoria anual.
Las cuantías de estas ayudas ayudas podrán variar anualmente y se indicarán en la convocatoria correspondiente.
Las empresas calificadas de "Iniciativas locales de empleo" tendrán derecho a un incremento del 10 por ciento de la cuantía de las subvenciones cuando su actividad productiva principal se inscriba dentro de los ámbitos de los viveros de empleo
Tramitación:
Cuando el proyecto esté calificado como ILE ante la Consejería de Trabajo y Bienestar , este deberá solicitar, dentro del plazo de la convocatoria anual la subvención de ILEs que había publicado dicha consejería en el DOG.
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100