Empleo Local

Iniciativas Locales de Empleo (ILEs)

La Concejalía  Empleo, Participación Ciudadana y Voluntariado tiene la finalidad de colaborar de una forma activa en la generación de empleo en el Ayuntamiento de Vigo apoyando la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores en la ciudad de Vigo para lo cual promueve y apoya las "Iniciativas locales de empleo" (ILEs)  ante  la Consejería de Trabajo y Bienestar

 La Consejería de Trabajo y Bienestar de la Junta de Galicia disponen de uno programa denominado "Iniciativas locales de empleo" (regulado por el Decreto 9/2000, del 12 de enero, publicado en el DOG 18, del 27/07/2000; corrección de errores nº 24, del 4/02/2000), que financia iniciativas innovadoras con efecto dinamizador de actividades económicas y de empleo.

TRÁMITES NECESARIOS PARA OBTENER Las AYUDAS Y SUBVENCIONES DE INICITIVAS LOCALES DE EMPLEO.

TRÁMITE 1- CUALIFICACIÓN COMO ILE

Beneficiarios de la  cualificación como ILE:

  • Empresas privadas resultantes de dichos proyectos cualquiera que se la  forma xurídica, que se constituyan  como tales, en un plazo no superior a un año, desde que el proyectos fué cualificado como ILE por la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Requisitos de los proyectos para poder ser cualificados como ILEs:

  • -Viables técnica, económica y financieramente
  • - Generadores de empleo estable
  • - Apoyados por la Xunta de Galicia o por Administraciones Locales de carácter territorial de esta  Comunidad autónoma con sede social y fiscal en su  respectivo territorio.
  • - Que al  constituírse, el cuadro de personall previsto no sea  superior a veinticinco trabajadores, salvo que concurran razones de interés  social para para el desarrollo de una actividad en una zona determinada.
  • - Empresa privada de nueva creación.
  • - Que la produción de bienes y servicios  este relacionada con actividades económicas emergentes o que, dentro de una actividad tradicional en la  zona cubra  necesidades no satisfechas en la estructura existente.

Tramitación

Para la obtención de las ayudas de ILE, previamente el proyecto debe estar calificado como ILE ante la Consejería de Trabajo y Bienestar Social.

Para poder  obtener dicha calificación es necesario cumplir los requisitos de ILE y acercar la documentación requerida, entre la que se encuentra el apoyo del Ayuntamiento de Vigo como administración local de carácter territorial de esta Comunidad autónoma. El apoyo municipal consistirá en la emisión de un informe económico de viabilidad del proyecto junto con el asesoramiento en la solicitud e información y sobre ayudas vigentes, cooperación y apoyo para agilizar trámites administrativos de competencia municipal para su puesta en funcionamiento, dar preferencia en la concesión de ayudas municipales a la creación de empresas en su convocatoria correspondiente y en las de las PEIM.

TRÁMITE 2- AYUDAS Y SUBVENCIONES

Beneficiarios de las ayudas de ILEs y plazos:

Las empresas personales constituidas y que iniciaran su actividad, cualquier que sea la forma jurídica que adopten y que obtuvieran la calificación como iniciativa local de empleo, y no transcurriera más de un año desde la notificación de resolución de calificación o, de ser el caso, en el plazo que se establezca en la resolución de calificación, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en la orden que se publicará anualmente y que establezca las "bases reguladoras del régimen de ayudas y subvenciones a las empresas calificadas cómo iniciativas locales de empleo..." para cada tipo de ayuda podrán solicitar la ayuda anual correspondiente.

Ayudas y subvenciones:

 Subvenciones a la creación directa de empleo estable.

  • Incluye  la creación de empleo estable de carácter indefinido, incluidos los/as de las propias personas promotoras, que sean ocupados por personas despedidas inscritas en el Servicio Público de Empleo y cuya cuantía  dependerá de las condiciones de las personas contratadas o autoempleadas (edad, sexo, el hecho de agotar la prestación por desempleo, el tiempo en el desempleo, el hecho de ser emigrante retornado, pertenecer a colectivos con riesgo o situación de exclusión social, discapacidad)
  • El importe de las citadas ayudas es proporcional cuando la contratación sea a tiempo parcial. Las cuantías de las ayudas se fijarán en la convocatoria anual.

Subvención para la contratación de personal técnico de alta cualificación:

  • Hasta el 50% del coste salarial total de las contrataciones, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social hasta 12 meses, con topes fijados en la convocatoria anual.

Apoyo a la función gerencial: para ayudar el equipo promotor o empresarial en la toma de las decisiones necesarias para el funcionamiento de la empresa. Este  apoyo podrá ser ayuda por tutoría, por formación, por la realización externa de estudios e informes sobre la actividad para que la persona promotora o empresario/a pueda disponer de mejor información.Los gastos deberán producirse en el primer año de actividad empresarial y durante el período indicado en la convocatoria anual y siempre con el tope del 75% del coste y del imponerte indicado en la convocatoria anual.

 Subvenciones financieras: promueve la creación de puestos de trabajo mediante la reducción de intereses, hasta 4 puntos, de los que  me  presta destinados a financiar inversiones en activo fijo (mínimo 75%) con el tope del importe indicado en la convocatoria anual por puesto de trabajo estable creado o que se vaya a crear.

Ayuda para el inicio y puesta en marcha de la actividad: esta ayuda consistirá en una subvención para financiar los gastos necesarios para el inicio y puesta en marcha de la actividad. El imponerte máximo de esta ayuda se determinará en atención al número de puestos de trabajo estables creados o que se vayan a crear para despedidos, de acuerdo con la escala y los topes indicados en la convocatoria anual.

Las cuantías  de estas ayudas ayudas podrán variar anualmente y se indicarán en la convocatoria correspondiente.

Las empresas calificadas de "Iniciativas locales de empleo" tendrán derecho a un incremento del 10 por ciento de la cuantía  de las subvenciones cuando su actividad productiva principal se inscriba dentro de los ámbitos de los viveros de empleo

Tramitación:

Cuando el proyecto esté calificado como ILE ante la Consejería de Trabajo y Bienestar , este deberá solicitar, dentro del plazo de la convocatoria anual la subvención de ILEs que había publicado dicha consejería en el DOG.

 

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