Empleo Local
Convocatoria de subvenciones para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del programa de ”Ayudas Municipales a la Contratación” en el marco de actuación municipal para el año 2024 que se integran en la línea 2.6. Atención a los colectivos y a sus necesidades sociales: emprendedores/as del Plan Estratégico de Subvenciones (PES) aprobado por la Junta de Gobierno Local en su sesión ordinaria del 08.03.2024; al efecto, tiene por objeto servir de estímulo al empresariado para la contratación, favorecer la mejora de las condiciones y el empleo estable y de calidad de las personas trabajadoras del municipio de Vigo, a través de los siguientes programas de ayudas:
A) Programa Indefinidos: comprende la transformación a indefinido del contrato previo formalizado, y de ser el caso de sus prórrogas, en cualquiera de las modalidades contractuales vigentes en el período comprendido desde el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 realizado a la persona trabajadora por la que se solicita la ayuda.
El contrato indefinido tendrá una jornada laboral superior o igual al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el convenio colectivo de aplicación y será superior o igual al contrato temporal del que deriva.
La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda estará empadronada en el municipio al menos desde el 1 de enero de 2023, y prestará servicios en el mismo.
B) Programa Contrataciones: comprende la contratación indefinida de personas trabajadoras desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, empadronadas en el municipio de Vigo, para prestar servicios en el mismo, en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 .
El contrato subscrito tendrá una jornada laboral superior o igual al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el convenio colectivo de aplicación.
La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda resultará seleccionada entre las candidaturas remitidas desde la unidad de Desarrollo Local y Empleo del Ayuntamiento de Vigo y/o desde el Servicio Público de Empleo de Galicia para lo que previamente se remitirá la correspondiente oferta de empleo. En el caso de falta de candidaturas con el perfil requerido se admitirá a la empresa solicitante la contratación de una persona trabajadora que resulte de su proceso de selección y reúna los requisitos de esta convocatoria.
Quedan excluidas las contrataciones indefinidas iniciales que se realicen con personas trabajadoras que en los 6 meses anteriores a la fecha de contratación prestasen servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido, o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal. Lo dispuesto en este párrafo será también de aplicación en los casos de sucesión de empresas previsto en el art. 44 del RDL 2/2015, de 23 de octubre.
C) Programa Mejora: Comprende la ayuda para la mejora de la estabilidad laboral en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024, a través de las siguientes opciones:
- el incremento de jornada laboral del contrato formalizado de tiempo parcial a tiempo completo según establezca el correspondiente convenio colectivo de aplicación.
- el incremento de la duración anual del contrato fijo-discontinuo a un mínimo de 9 meses a jornada completa.
La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda estará empadronada en el municipio de Vigo al menos desde el 1 de enero de 2023 y prestará servicios en el municipio.
Convocatoria de subvenciones para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de ayudas económicas a las empresas de nueva creación constituidas legalmente como tales con la finalidad de colaborar de una forma activa en la generación de empleo en el municipio apoyando la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales.
La finalidad de estas ayudas es subvencionar parte de los gastos de la puesta en marcha y del funcionamiento de la empresa durante los primeros meses de actividad así como, de ser el caso, favorecer a las empresas segundo la situación social y/o colectivo al que pertenezcan y acredite cada persona promotora que cree su puesto de trabajo.
La cuantía máxima de la ayuda por todos los conceptos a subvencionar será de 3.000,00€ para la beneficiaria y no excederá da cuantía total de la inversión inicial realizado.
Se subvencionará el 50% de los gastos correspondientes a los tres meses anteriores y a los cuatro meses posteriores al inicio de la actividad empresarial, excepto los gastos de constitución y apertura, que podrán corresponder al período comprendido desde los seis meses antes del inicio de la actividad hasta la fecha límite de presentación de las solicitudes: Gastos de constitución y apertura, Existencias iniciales de mercancías, Gastos de alquiler, Primas de seguros, Gastos de la actividad y Derechos de propiedad industrial.
Si la cuantía resultante de los gastos de la puesta en marcha y funcionamiento resulta inferior a la cuantía máxima de ayuda de 3.000,00€ se podrá incrementar según la situación social que acredite cada persona promotora que cree su puesto de trabajo siempre que no exceda de la cuantía total de la inversión inicial subvencionable realizado y de la cuantía máxima a subvencionar para cada empresa solicitante de esta ayuda.
Este incremento será acumulativo, considerando cada situación que resulte acreditada con la documentación presentada con la solicitud.
Si el montante total de las solicitudes debidamente presentadas superase el presupuesto previsto la Comisión de Valoración realizará propuesta de resolución conforme a los criterios de evaluación. Para esto las solicitudes se ordenarán en forma descendiente según la puntuación obtenida tras la aplicación de los criterios de evaluación, siendo el importe a subvencionar el calculado, para cada solicitante, según lo previsto en las bases reguladoras, hasta agotar la cantidad máxima autorizada.
Mediante este servicio se accede, mediante cita previa, al dispositivo municipal que facilita información, apoyo y asesoramento en los procesos de buscada de empleo de las personas desempleadas de Vigo.
Esta convocatoria de subvenciones, en régimen de concurencia competitiva, realizada por la Concejalía de Empleo del Ayuntamiento de Vigo en el marco de actuación municipal para el año 2024, se integran en la línea 4.7.- Fomento de actividades sociales: actividades de interés público realizadas a través de agrupaciones de personas, asociaciones, etc del Plan Estratégico de Subvenciones (PES) aprobado por la Junta de Gobierno Local en su sesión ordinaria del 08.03.2024; a su efecto, tiene por objeto apoyar a las entidades asociativas en el desarrollo de sus proyectos para el fomento de la inserción laboral y el Fomento de la creación y consolidación del empleo estable y de calidad en el municipio, tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas están dirigidas a las entidades sin ánimo de lucro que operan en el movimiento vecinal, social, sindical, deportivo, empresarial y de las comunidades de montes, constituidas legalmente como tal entidades sin ánimo de lucro, para actividades de fomento del empleo entre los vecinos y vecinas de Vigo, realizadas o pendientes de llevar a cabo, desde 1 de agosto de 2023 ata el 31 de julio de 2024. Estas ayudas están dirigidas a fomentar el empleo en colaboración con las entidades sin ánimo de lucro y el fomento de la estabilidad laboral del personal contratado o transformado en fijos o fijos discontinuos en las últimas dos convocatorias, con el fin de reforzar su capacidad de autoorganización y posibilitar el fortalecimiento del tejido social y la promoción de la calidad de vida y bienestar social de la ciudadanía.
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