Gerencia Municipal de Urbanismo
Mediante este trámite las personas interesadas ponen en conocimiento de la administración pública competente sus datos de identificación y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o inicio de una actividad, conforme con lo establecido en el artículo 69.1 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Bajo su responsabilidad, podrá iniciar la actividad desde la fecha indicada en la solicitud.
Mediante este trámite las personas interesadas ponen en conocimiento de la administración pública competente sus datos de identificación y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o inicio de una actividad, conforme con lo establecido en el artículo 69.1 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Bajo su responsabilidad, podrá iniciar la actividad desde la fecha indicada en la solicitud.
De conformidade con el artículo 41 de la Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, atendiendo a la concurrencia de razones de orden pública, seguridad pública, salud pública y protección del medio ambiente, será precisa la obtención de licencia municipal o autorización autonómica para, entre otros:
-La apertura de establecimientos abiertos al público con una capacidad superior a 500 personas, o que presenten una especial situación de riesgo, de conformidade con el dispuesto en la normativa técnica en vigor.
-La apertura de establecimientos abiertos al público y la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas cuya normativa específica exija la concesión de licencia o autorización.
Se tramitará conjuntamente la licencia de actividad y la licencia de obras de acondicionamento del establecimiento.
De conformidade con el artículo 41 de la Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, atendiendo a la concurrencia de razones de orden pública, seguridad pública, salud pública y protección del medio ambiente, será precisa la obtención de licencia municipal o autorización autonómica para, entre otros:
-La apertura de establecimientos abiertos al público con una capacidad superior a 500 personas, o que presenten una especial situación de riesgo, de conformidade con el dispuesto en la normativa técnica en vigor.
-La apertura de establecimientos abiertos al público y la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas cuya normativa específica exija la concesión de licencia o autorización.
Se tramitará conjuntamente la licencia de actividad y la licencia de obras de acondicionamento del establecimiento.
De conformidad con el artículo 41 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, atendiendo la concurrencia de razones de orden pública, seguridad pública, salud pública y protección del medio ambiente, será necesaria la obtención de licencia municipal o autorización autonómica para, entre otros:
-La apertura de establecimientos abiertos al público con una capacidad superior a 500 personas, o que presenten una especial situación de riesgo, de conformidad con lo dispuesto en la normativa técnica en vigor.
- La apertura de establecimientos abiertos al público y la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas cuya normativa específica exija la concesión de licencia o autorización.
Se tramitará conjuntamente la licencia de actividad y la licencia de obras de acondicionamiento del establecimiento.
No podrá iniciar la actividad hasta obtener la licencia de primera ocupación
De conformidad con el artículo 41 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, atendiendo la concurrencia de razones de orden pública, seguridad pública, salud pública y protección del medio ambiente, será necesaria la obtención de licencia municipal o autorización autonómica para, entre otros:
-La apertura de establecimientos abiertos al público con una capacidad superior a 500 personas, o que presenten una especial situación de riesgo, de conformidad con lo dispuesto en la normativa técnica en vigor.
- La apertura de establecimientos abiertos al público y la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas cuya normativa específica exija la concesión de licencia o autorización.
Se tramitará conjuntamente la licencia de actividad y la licencia de obras de acondicionamiento del establecimiento.
No podrá iniciar la actividad hasta obtener la licencia de primera ocupación
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