Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

Una manera de hacer Europa

Medidas antifraude

Control del fraude

El artículo 125.4. c) del Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 indica que la autoridad de gestión habrá de “aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas, teniendo en cuenta los riesgos detectados”. En este sentido en el Manual de Procedimientos se establece que las medidas antifraude aplicadas en el Ayuntamiento de Vigo serán acordes con las establecidas en la Guía de la Comisión Europea para el período de programación 2014-2020, sobre Evaluación del riesgo de fraude y medidas anti-fraude eficaces y que las mismas se aplicarán a lo largo del proceso de gestión de la Estrategia DUSI.

También se tendrán en cuenta las orientaciones elaboradas por la OLAF (Oficina Europea de Lucha contra el fraude), destacándose los siguientes documentos: "Detección de documentos falsificados en el ámbito de las acciones estructurales", "Detección de conflictos de intereses en los procedimientos de contratación pública en el marco de las acciones estructurales" y la Comunicación del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude nº 1/2017, de 6 de abril: "Comunicación sobre la forma en la que pueden proceder las personas que tengan conocimiento de hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación a proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea".

El Ayuntamiento de Vigo como Organismo Intermedio Ligero para la gestión de la EDUSI VIGO VERTICAL, pone a disposición de la ciudadanía la siguiente información y procedimientos en relación con los deberes sobre las medidas antifraude en relativos a la ejecución de las operaciones cofinanciadas con fondos FEDER:

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