Policía Local
Con la finalidad de agilizar la circulación y disminuir la conflictividad del tráfico en las vías más congestionadas de nuestra ciudad, se establece que los vehículos con masa máxima autorizada superior a 10.000 Kg. que circulen por el término municipal de Vigo desde las 8:00 horas a las 22:00 horas, deberán hacerlo obligatoriamente por las rutas establecidas en el Anexo de la Ordenanza municipal reguladora de las operaciones de carga y descarga de mercancías en las vías urbanas.
No podrán circular fuera de las rutas establecidas, durante el mencionado horario, sin estar proveídos de una autorización especial que deberá ser colocada en el parabrisas delantero del vehículo, de forma bien visible.
Tendrán derecho de acceso, previa autorización, al Casco Viejo Alto para poder circular con sus vehículos por las calles Cruz Verde, Ferrería, Sano Sebastián, Subida al Castelo, Hierba, Plaza de Arguelles y la calle de Santiago, aquellas personas que pretendan ayudar a las personas de avanza edad o con condicionantes de movilidad que residiendo en la zona afectada precisen ser recogidas o trasladadas mediante un vehículo, y no se encuentren en ninguno de los supuestos anteriormente regulados.
La autorización de acceso de la derecho a entrar y circular en la zona afectada polo sistema de control y también a estacionar el vehículo por tiempo no superior a cinco minutos.
Los residentes del Casco Viejo Alto para poder circular con suyos vehículos por las calles Cruz Verde, Ferrería, Sano Sebastián, Subida al Castelo, Hierba, Plaza de Arguelles y la calle de Santiago, deberán obtener autorización municipal (distintivo y más tarjeta magnética inteligente), previa solicitud del interesado en las oficinas administrativas de la Policía Local, acercando la documentación que se indica en los apartados siguientes.
La autorización de acceso de la derecho a entrar y circular en la zona afectada polo sistema de control y también a estacionar el vehículo por tiempo no superior a cinco minutos.
Los residentes del Casco Viejo Alto para poder circular con sus vehículos por las calles Cruz Verde, Ferrería, San Sebastián, Subida ao Castelo, Herba, Plaza de Arguelles y la calle de Santiago, deberán obtener autorización municipal (distintivo y tarjeta magnética inteligente), previa solicitud del interesado en las oficinas administrativas de la Policía Local, acercando la documentación que se indica en los apartados siguientes.
La autorización de acceso da derecho a entrar y circular en la zona afectada por el sistema de control y también a estacionar el vehículo por tiempo no superior a cinco minutos.
Para poder circular por el Casco Viejo Alto con suyos vehículos por las calles Cruz Verde, Ferrería, Sano Sebastián, Subida al Castelo, Hierba, Plaza de Arguelles y la calle de Santiago, deberán obtener autorización municipal (distintivo y más tarjeta magnética inteligente), previa solicitud del interesado en las oficinas administrativas de la Policía Local, acercando la documentación que se indica en los apartados siguientes.
La autorización de acceso de la derecho a entrar y circular en la zona afectada polo sistema de control y también a estacionar el vehículo por tiempo no superior a cinco minutos.
Trámite para ceder el vehículo abandonado a favor de la Administración Municipal.
Deberá hacer el pago de esta tasa por la prestación de la Administración Municipal de los siguientes servicios:
a. Retirada, transporte y custodia de instalaciones, elementos y géneros relativos al ejercicio de cualquier actividad o comercio en la vía pública, o en dominio público municipal, sin licencia en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la "Ordenanza reguladora de la venta en la vía pública y espacios abiertos".
b. Retirada, transporte y custodia de elementos u objetos colocados en la vía pública sin la correspondiente autorización municipal.
c. Servicios similares a los anteriores ordenados por resolución del Alcalde, Comisión de Gobierno o Pleno por causa de fuerza mayor, orden pública, ruina, seguridad de personas y bienes y otros.
Prestación del servicio de elaboración de los informes-atestados en casos de accidentes de vehículos y siniestros en bienes materiales.
Prestación del servicio de elaboración de los informes / partes con actuación de la policia local, excepto en los casos de accidente de circulación en el que deberá pedir el informe (atestado) de accidente de circulación (ver trámites relacionados).
Prestación del servicio de elaboración de los informes / partes con actuación de la policia local, excepto en los casos de accidente de circulación en el que deberá pedir el informe (atestado) de accidente de circulación (ver trámites relacionados).
Ocupación de terrenos de uso público local con colectores y sacos para recogida o depósito de cascotes, materiales de construcción o residuos.
El estacionamento de vehículos de tracción mecánica, en horario de 9 a 14 horas y de 16 a 20 horas, de lunes a viernes excepto festivos, en las vías del municipio incluidas en el ámbito de aplicación de la "Ordenanza Reguladora del Servicio de Aparcamento de Vehículos en la Vía Pública, supondrá el pago de una tasa mediante máquinas expedidoras de tikets en la Ciudad de Vigo.
Mediante esta tarjeta los usuarios residentes en este tipo de vías se beneficiarán de precios reducidos establecidos en la correspondiente normativa fiscal en vigor.
El estacionamento de vehículos de tracción mecánica, en horario de 9 a 14 horas y de 16 a 20 horas, de lunes a viernes excepto festivos, en las vías del municipio incluidas en el ámbito de aplicación de la "Ordenanza Reguladora del Servicio de Aparcamento de Vehículos en la Vía Pública, supondrá el pago de una tasa mediante máquinas expedidoras de tikets en la Ciudad de Vigo.
Mediante esta tarjeta los usuarios residentes en este tipo de vías se beneficiarán de precios reducidos establecidos en la correspondiente normativa fiscal en vigor.
El estacionamento de vehículos de tracción mecánica, en horario de 9 a 14 horas, y de 16 a 20 horas, de lunes a viernes excepto festivos, en las vías del municipio incluidas en el ámbito de aplicación de la "Ordenanza Reguladora del Servicio de Aparcamento de Vehículos en la Vía Pública, supondrá el pago de una tasa mediante máquinas expedidoras de tikets en la Ciudad de Vigo.
Mediante esta tarjeta los usuarios residentes en este tipo de vías se beneficiarán de precios reducidos establecidos en la correspondiente normativa fiscal en vigor.
1. Vigilancia, protección, ordenación y regulación del tráfico, estacionamiento de vehículos y cualquier otros que sean motivados por la celebración de espectáculos, entretenimiento, y en general actos públicos que, por su naturaleza, por la aglomeración de público que los mismos provoquen o por las necesidades de ordenar el acceso y salida de público y vehículos así lo exijan.
2. Cualquiera otros servicios especiales que sean motivados por otras actividades que exijan su prestación. A estos efectos, se entenderán prestados, a instancia de parte, los referidos servicios cuando estos fueran provocados por el particular o redunden en su beneficio, aunque no mediara solicitud expresa.
1. Conducción, vigilancia y acompañamiento de transportes pesados, grandes transportes y caravanas a través del casco urbano.
2. Cualquiera otros servicios especiales que sean motivados por otras actividades que exijan su prestación. A estos efectos, se entenderán prestados, a instancia de parte, los referidos servicios cuando estos fueran provocados por el particular o redunden en su beneficio, aunque no mediara solicitud expresa.
Mediante esta tárjeta podrá solicitar al conductor que le facilite el acceso a los asientos reservados en el transporte público para personas con discapacidad.
La solicitud estará supeditada al Certificado de Calificación de Discapacidad, expedirdo por la Xunta de Galicia.
Autorización para estacionar en zona reservada para personas con discapacidad.
Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4 ª fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.
Categoria 4.1.- Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición, y revólveres de doble acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
Categoria 4.2.- Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayadas, y de un solo tiro, y revólveres de cción simple, accionado por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100