Participación ciudadana
Cese de la convivencia no matrimonial.
El Registro Municipal de Parejas de hecho esta en proceso de eliminación, por lo que no se están realizando nuevas inscripciones. Sin embargo, le informamos que tiene a su disposición el Registro Autonómico dependiente de la Xunta de Galicia.
Datos de contacto del Registro Autonómico dependiente de la Xunta de Galicia:Este trámite está creado para la defensa de los intereses de los vecinos y vecinas en las relaciones con el Ayuntamiento. Puede comunicar acciones de mejora o deficencias en el funcionamiento de los servicios municipales.
No se admitirán las quejas que estén pendientes de resolución judicial, las anónimas y aquellas en las que se advierta abuso de derecho, carencia de fundamento, inexistencia de pretensión, así como aquellas otras cuya tramitación irrogue perjuicio al legítimo derecho de tercera persona.
Nota:
Este trámite es exclusivamente para Quejas y Sugerencias.
Las peticiones a los departamentos de cuestiones determinadas deberán ir dirigidas al Registro General del Ayuntamiento de Vigo, y se harán de forma presencial o a través de la Carpeta del Ciudadano.
Los Ayuntamientos deben establecer un registro para la inscripción de las asociaciones que actúen en su territorio, en los términos y con los efectos previstos en el artículo 236 de la Legislación de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.
El Registro Municipal de Asociaciones, tiene por objetivo permitir al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en su territorio, facilitar las relaciones entre éstas y el Ayuntamiento y conocer sus fines y su representatividad, cara a posibilitar el fomento del asociacionismo y participación ciudadana, bajo los criterios de objectividad, imparcialidad e igualdad.
Trámite para solicitar lugares acondicionados para reuniones, asambleas etc. o el préstamo de material.
Esta convocatoria de subvenciones, realizada por la Concejalía de Participación Ciudadana y Distritos, y aprobada por la Junta de Gobierno Local en su sesión ordinaria del 23/08/2024, tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a las asociaciones vecinales y sociedades culturales con el fin de reforzar la capacidad de auto-organización de las entidades asociativas y posibilitar el fortalecimiento del tejido social y la promoción de calidad de vida y bienestar social de la ciudadanía. Los programas subvencionables, para el cumplimiento de sus fines y el desarrollo de sus actividades, son los siguientes programas:
- Programa I: Gastos de mantenimiento y funcionamiento de las entidades vecinales
- Programa II: Gastos de mantenimiento de entidades vecinales que carezcan de locales municipales en régimen de cesión o en otras condiciones de uso gratuitas
- Programa III: Gastos en inversión. Equipamiento
- Programa IV: Gastos en inversión. Obras y adquisición de Inmuebles
Esta convocatoria de subvenciones, realizada por la Concejalía de Participación Ciudadana y Distritos, aprobada por la Junta de Gobierno Local en su sesión ordinaria del 25/10/2024, tiene por objeto a concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a las asociaciones de vecinos y sociedades culturales, entidades sociales, asistenciales, culturales, festivas y de ocio, peñas recreativa, de promoción de valores, étnicas y religiosas, sin ánimo de lucro, constituidas legalmente como tales e inscritas en los epígrafes correspondientes del Registro Municipal de Asociaciones, para el desarrollo de actividades y programas de interés general. Están dirigidas a fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana, con el fin de reforzar la capacidad de autoorganización de las entidades asociativas y posibilitar el fortalecimiento del tejido social y la promoción de calidad de vida y bienestar social de la ciudadanía. Se consideran gastos subvencionables los realizados entre el 17 de octubre de 2023 y el 15 de octubre de 2024, que se encuadren en alguno de los siguientes programas:
• Programa I: Gastos derivados de actividades de montaje y desmontaje de instalaciones cubiertas o estructuras muebles similares, siempre que no impliquen cesión a terceros donde realicen en ellas actividades mercantiles o comerciales.
• Programa II: Gastos de organización de juegos populares.
• Programa III: Gastos para el diseño e impresión de publicaciones.
• Programa IV: Gastos derivados del alquiler de local social (base imponible + IVA) y/o de otros inmuebles con carácter puntual, cuando resulten necesarios para el desenvolvimiento de sus fins y objecto social.
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100