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Covid-19: Adaptación de los servicios municipales al decreto 10/2020 y ampliación del servicio de atención ciudadana

Temática: Covid-19

Fecha de publicación: 30-03-2020

RESOLUCIÓN DÉCIMOSÉPTIMO PAQUETE MEDIDAS COVID-19

Con fecha 11 de marzo del 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote de SARS-CoV 2 cómo pandemia. Por Resolución de esta Alcaldía de fecha 12 de marzo de 2020 se acordó la creación de un Comité de Seguimiento de evolución del COVID-19, con la finalidad de analizar la situación y proponer a implementación de las medidas que se estimen necesarias.

Realizada la reunión constitutiva del Comité en la misma fecha, se propusieron una serie de medidas destinadas a minimizar el riesgo de contagio del coronavirus COVID-19, y la protección de la población y de los empleados municipales, partiendo de las recomendaciones efectuadas por las autoridades administrativas sanitarias. Por sendas Resoluciones de esta Alcaldía de fecha 13 de marzo de 2020 se adoptaron acuerdos de modificación del primero paquete de medidas, y de aprobación de un segundo paquete de medidas, que contemplaba, en su apartado segundo el establecimiento del sistema atención presencial en la Casa del Ayuntamiento con cita previa limitado a una serie de oficinas.

El Consello da Xunta de Galicia, del 13 de marzo de 2020, declaraba la situación de emergencia sanitaria en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y activaba el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga) en su nivel IG (emergencia de interés gallego), como consecuencia de la evolución de la epidemia del coronavirus COVID-19.

Posteriormente por Real Decreto 463/2020, del 14 de marzo, declárouse el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada lo pones COVID-19, prorrogado por Acuerdo de los Congresos de los Diputados de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado lo pones Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, (Resolución del 25 de marzo de 2020, del Congreso de los Diputados, poa que se ordea su publicación), y fue reducida a movilidade de la población al abeiro del dispuesto en el Real Decreto-ley 10/2020, del 29 de marzo, por lo que se regula un permiso retribuido @recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir a movilidade de la población en el contexto de la lucha contra lo COVID-19.

A la vista de la evolución de las circunstancias, fueron adoptándose nuevas medidas por esta Alcaldía- Presidencia, y en este rato hace falta la adopción de nuevas medidas propuestas en la reunión del Comité de Seguimiento de fecha 30 de marzo de 2020 para garantizar el cumplimiento de las indicaciones sanitarias y de seguridad formuladas por las autoridades competentes.

En el ejercicio de las competencias que la normativa vigente en materia de régimen local le confiere la esta Alcaldía-Presidencia en cuanto a la dirección de la política, el gobierno y la administración municipal, así como el establecimiento de las directrices generales de la acción de gobierno municipal y lo aseguramento de su continuidad, contenidas en el artículo 124.4.la) y c), respectivamente, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y Ley 5/1997, del 22 de julio, de Administración Local de Galicia, de conformidad con las medidas previamente adoptadas por esta Alcaldía en el marco del seguimiento de la situación y de conformidad con el establecido en el Real Decreto 463/2020:

RESUELVO

Primero.- Instar a las Concejalías Ddas. De Gobierno a la adopción de las medidas necesarias para continuar únicamente la prestación de los servicios esenciales en los términos establecidos en el Real Decreto-ley 10/2020, del 29 de marzo, por lo que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir a movilidad de la población en el contexto de la lucha contra lo COVID-19, manteniendo el régimen de teletraballo acordado en resolución de esta Alcaldía de fecha 15.03.2020.

Segundo.- Instar a la Concejalía Dda. De Participación Ciudadana para la adopción de las medidas necesarias para la ampliación de las líneas telefónicas de atención a la ciudadanía en relación con la situación generada por el COVID-19.

Tercero.- La presente resolución tendrá efectos a partir de su fecha y hasta las 00.00 horas del 12 de abril, sin perjuicio de su ampliación si así lo requieren las circunstancias, conforme a la declaración de prórroga del estado de alarma.

Cuarto.- Dar publicidad de este acuerdo mediante todos los medios internos y externos disponibles, procurando la máxima difusión a la ciudadanía

Documentación

 

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