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Covid-19: Modificación servicios mínimos asistencia presencial, suspensión plazos administrativos, espacios abiertos al público cerrados, sistemas de voluntariado y concejalías de gobierno

Temática: Covid-19

Fecha de publicación: 15-03-2020

RESOLUCIÓN MODIFICACIÓN SEGUNDO PAQUETE MEDIDAS COVID-19

Por Resolución de esta Alcaldía de fecha 12 de marzo de 2020 se acordó la creación de un Comité de Seguimiento de evolución del COVID-19, con la finalidad de analizar la situación y proponer a implementación de las medidas que se estimen necesarias. Con fecha 11 de marzo del 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote de SARS-CoV 2 cómo pandemia.

Realizada la reunión constitutiva del Comité en la misma fecha, se propusieron una serie de medidas destinadas a minimizar el riesgo de contagio del coronavirus COVID-19, y la protección de la población y de los empleados municipales, partiendo de las recomendaciones efectuadas por las autoridades administrativas sanitarias. Por sendas Resoluciones de esta Alcaldía de fecha 13 de marzo de 2020 se adoptaron acuerdos de modificación del primero paquete de medidas, y de aprobación de un segundo paquete de medidas, que contemplaba, en su apartado segundo el establecimiento del sistema atención presencial en la Casa del Ayuntamiento con cita previa limitado a una serie de oficinas.

El Consello da Xunta de Galicia, del 13 de marzo de 2020, declaraba la situación de emergencia sanitaria en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y si activa el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga) en su nivel IG (emergencia de interés gallego), como consecuencia de la evolución de la epidemia del coronavirus COVID-19 y ante la declaración del estado de alarma lo pones gobierno de la nación. Por Real Decreto 463/2020, del 14 de marzo, se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada lo pones COVID-19, en el que, entre otras medidas, si decreta la limitación de la libertade de circulación de las personas a una serie de supuestos tasados en su artículo 6.

A la vista de las nuevas circunstancias, hace falta modificar la @citado resolución del 13 de marzo del 2020, de aprobación del segundo paquete de medidas, en su apartado segundo, relativo el establecimiento del sistema atención presencial en la Casa del Ayuntamiento con cita previa limitado a una serie de oficinas, reduciendo la dicha posibilidad al único y exclusivamente imprescindible, y tan sólo en casos de urgencias inaplazables así valoradas en atención previa telefónica, a las oficinas que se establecerán en la parte @dispositivo de la siguiente resolución, así como la adopción de nuevas medidas propuestas en la reunión del Comité de Seguimiento de fecha 15 de marzo de 2020.

En el ejercicio de las competencias que la normativa vigente en materia de régimen local le confiere la esta Alcaldía-Presidencia en cuanto a la dirección de la política, el gobierno y la administración municipal, así como el establecimiento de las directrices generales de la acción de gobierno municipal y lo aseguramento de su continuidad, contenidas en el artículo 124.4.la) y c), respectivamente, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y Ley 5/1997, del 22 de julio, de Administración Local de Galicia, de conformidad con las medidas previamente adoptadas por esta Alcaldía en el marco del seguimiento de la situación y de conformidad con el establecido en el Real Decreto 463/2020:

RESUELVO

Primero.- Modificar la Resolución de esta Alcaldía de fecha 13 de marzo de adopción del segundo paquete de medidas lo pones COVID-19, en su apartado segundo, relativo al establecimiento del sistema de atención presencial en la Casa del Ayuntamiento con cita previa limitado a una serie de oficinas, reduciendo la dicha posibilidad al único y exclusivamente imprescindible, y tan sólo en casos de urgencias inaplazables así valoradas en atención previa telefónica, en las siguientes oficinas:

• Oficina de Asistencia en materia de Registros

• Bienestar Social

• Servicio de Cemeterios

La obtención de cita previa estará disponible telefónicamente en el directorio municipal y en el teléfono 010.

Segundo.- De conformidad con el dispuesto en el Real Decreto 463/2020 se suspenden los términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos municipales. El cómputo de los plazos si reanudará en el momento en el que pierda vigencia el citado Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Tercero.- Acordar el cierre del Parque Municipal de Castrelos, de la Fortaleza del Parque del Castro, de los arenais, del Paseo Marítimo de Samil, y análogos espacios abiertos al público.

Cuarto.- Recomendar la ciudadanía que quiera colaborar que se dirija al Servicio Municipal de Voluntariado para el desarrollo de la dicha colaboración de manera coordinada, estructurado y en las condiciones adecuadas de seguridad y sanidad.

Quinto.- Mantener el régimen de presencialidade para las personas titulares de las Concejalías que tengan delegadas responsabilidades de gobierno, conforme la estructura establecida en la Resolución de esta Alcaldía de fecha 18 de junio de 2019.

Sexto.- La presente resolución tendrá efectos a partir del 17 de marzo y hasta el 29 de marzo, sin perxuízo de su ampliación sí así lo requieren las circunstancias, conforme a la declaración del estado de alarma.

Séptimo.- Continuar el cierre de las instalaciones y actividades acordados por resoluciones previas de esta Alcaldía, al abeiro del establecido en el Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia de fecha 13 de marzo de 2020 y del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por lo que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada lo pones COVID-19.

Octavo.- Dar publicidad de este acuerdo mediante todos los medios internos y externos disponibles, procurando la máxima difusión a la ciudadanía.

Documentación

 

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