Participación ciudadana

Elaboración de los Instrumentos Urbanísticos

La regulación de los usos del suelo es una necesidad municipal para la gestión del territorio, un elemento básico del municipio. 

Los ciudadanos pueden participar en la toma de decisión del uso del suelo cuando se elaboran estos instrumentos, en los períodos de exposición pública y audiencia. Para ello, disfrutan del derecho a la información pública en el ayuntamiento así como la posibilidad de acceder y conocer en todo momento, mediante procedimientos telemáticos, tanto los instrumentos ya aprobados como los que se encuentran en trámite.

Vías de participación:

A través de los procedimientos de:

  1. Registro de solicitudes y documentos en el Registro General de la Gerencia de Urbanismo

El plan general de ordenación municipal (PGOM)

El PGOM es un instrumento de ordenación integral que abarca uno o varios términos municipales. Con el, se clasifica el suelo para el establecimiento del régimen jurídico correspondiente, se definen los elementos fundamentales de la estructura general adoptada para la ordenación urbanística y se establecen las determinaciones orientadas a promover su desarrollo y ejecución.

Aprobación del PGOM
: El ayuntamiento, previo informe de los servicios técnicos y jurídicos municipales sobre la conformidad del plan con la legislación vigente, procederá a su aprobación inicial, sometiendo el documento a información pública.

Plazo de exposición pública y para presentar alegaciones: El plazo para presentar alegaciones será de 2 meses, a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de exposición en el Diario Oficial de Galicia (DOGA). Durante este tiempo, cualquier interesado podrá examinar y analizar los documentos que conforman el plan provisional y presentar reclamaciones.

Resolución de alegaciones: Tomando en consideración las alegaciones formuladas en los trámites de información pública y consultas, el ayuntamiento modificará, si fuese preciso, el estudio ambiental estratégico y elaborará la propuesta del plan, que remitirá a la Xunta de Galicia junto con el expediente de evaluación ambiental completo.

Planes parciales y planes especiales

Los planes parciales y los planes especiales son instrumentos que permiten modificar la ordenación detallada establecida por el PGOM, cuando se tenga por objeto la mejora sustancial de la ordenación urbanística vigente, cuando no afecten ni alteren de modo alguno las determinaciones del plan general, cuando no impliquen un incremento de la superficie edificable total ni la modificación de los usos globales o cuando no supongan disminución o fraccionamento de la capacidad de servicio.

Se podrá ajustar, motivadamente, la delimitación de los sectores y áreas de reparto, siempre que no suponga una alteración igual o superior al 0% del ámbito delimitado por el plan general. En todo caso, será necesaria la previa audiencia de los propietarios.

Aprobación inicial de los planes parciales o planes especiales: El órgano municipal competente procederá su aprobación inicial y lo someterá la información pública.

Plazo de exposición pública: El plazo para presentar alegaciones será de un mínimo de 2 meses, a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de exposición en el Diario Oficial de Galicia (DOGA). También se le dará publicidad en uno de los periódicos de mayor difusión de Pontevedra. También se notificará individualmente a todas las personas titulares catastrales de terrenos afectados.

Resolución de alegaciones y aprobación definitiva: Si con posterioridad al trámite de información pública, se pretende introducir modificaciones que supongan un cambio sustancial del documento inicialmente aprobado, se abrirá un nuevo trámite de información pública.

El órgano municipal competente aprobará provisionalmente el contenido del plan con las modificaciones que habían sido pertinentes, sometiéndolo con el expediente completo debidamente diligenciado, al órgano competente en materia de urbanismo para su informe preceptivo, que habrá de ser emitido en el plazo de 2 meses a contar desde la entrada del expediente completo en el registro de la consejería. Transcurrido este plazo sin que se había habido comunicado el informe solicitado, podrá continuarse con la tramitación del plan.

Estudios de detalle

En desarrollo de los planes generales, planes parciales y planes especiales, podrán redactarse estudios de detalle con el objetivo de completar o ajustar las alineaciones y rasantes, ordenar los volúmenes edificables o concretar las condiciones estéticas y de composición de las edificaciones complementarias del planeamento.

Los vecinos pueden participar en la elaboración de los estudios de detalle en el plazo de exposición al público y aportar las sugerencias y opiniones al respeto para ser incorporadas al expediente.

Aprobación y plazo de exposición al público: Serán aprobados inicialmente por el órgano municipal competente y sometidos a la información pública por un plazo mínimo de 1 mes desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Galicia (DOGA). Adicionalmente, también se publicará este anuncio en uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia de Pontevedra y se notificará individualmente la todas las personas titulares catastrales de los terrenos afectados.

Durante este tiempo, cualquier interesado podrá examinar y analizar los documentos y presentar reclamaciones.

Resolución de las alegaciones: A la vista del resultado de información pública, el órgano municipal los aprobará definitivamente, con las modificaciones que habían resultado pertinentes.

Evaluaciones del impacto ambiental y evaluaciones del impacto ambiental de proyectos

La participación pública es un elemento fundamental en la evaluación ambiental, dando oportunidad a los ciudadanos para que contribuyan en la elaboración de proyectos que puedan afectar al ambiente y en la decisión de su viabilidad.

Las administraciones públicas afectadas, el público interesado y el público en general pueden formular, en el plazo máximo de 30 días, las observaciones y sugerencias de carácter ambiental que estimen oportunas.

 

Ayuntamiento de Vigo

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